La Cámara de Apelaciones de Concepción resolvió la afiliación inmediata de un hombre de 72 años a la obra social de su curadora, disponiendo que conserve simultáneamente su prestación actual. El tribunal remarcó que las barreras burocráticas no pueden sobreponerse al derecho a la salud en contextos de extrema vulnerabilidad.

La Sala de Familia y Sucesiones de la Cámara de Apelaciones de Concepción concedió una medida cautelar innovativa que dispone la incorporación inmediata de un hombre de 72 años con Síndrome de Down, epilepsia e inmovilidad funcional severa a la obra social de su curadora, manteniendo al mismo tiempo la cobertura con la que ya contaba. El pronunciamiento, firmado por las juezas Ana Carolina Cano y María Cecilia Menéndez, revocó una resolución de primera instancia que rechazaba el pedido y encuadró la doble prestación como un “ajuste razonable” destinado a garantizar la atención integral y remover barreras institucionales.
Para fundamentar el fallo, las magistradas se basaron en los tratados internacionales con jerarquía constitucional —como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores— abordando el caso desde la “intersección de vulnerabilidades” que atraviesa el paciente por su edad y condiciones de salud….
Fuente: nortenoticias.com.ar